Cuotas de aduana

Cuando la República Checa entró a la CE, se quitaron los controles de aduana en las fronteras del país, los controles quedaron únicamente en las fronteras exteriores de la CE. Por eso encontrarás los controles solamente en los aeropuertos internacionales.

La franquicia aduanera, del IVA y del impuesto de consumo de la mercancía importada en la CE se refiere a la mercancía importada ocacionalmente para el consumo personal.
Hay franquicia aduanera para la mercancía que no supere el valor de 300 euros por persona, en el transporte aéreo el valor es de 430 euros por persona, y para los viajeros menores de 15 años de edad es de 200 euros por persona.

Lo referente a los productos de tabaco, aquí vale la franquicia aduanera, del IVA y del impuesto de consumo para las siguientes cantidades:

  • 200 cigarillos,

  • o 100 cigarros hasta 3 gramos,

  • o 50 cigarros,

  • o 250 grs de tabaco para fumar.

Lo referente a la importación de alcohol, aquí vale la franquicia aduanera, del IVA y del impuesto de consumo en las siguientes cantidades:

  • Un total de 1 litro de alcohol o de bebidas alcohólicas, cuyo contenido supera el 22% del volumen o del etanol non-denaturalizado que contiene un mínimo del 80% del volumen o 2 litros de alcohol o de bebidas alcohólicas, cuyo contenido no supera el 22% del volumen

  • Un total de 4 litros de vino no espumoso y 16 litros de cerveza.

Desde la CE:

  • 800 cigarillos o 200 cigarros

  • Un total de 10 litros de alcohol o de bebidas alcohólicas, cuyo contenido supera el 22% del volumen del etanol

  • Un total de 90 litros de vino no espumoso o 110 litros de cerveza.

Puedes importar (si no quieres pagar los impuestos y el arancel) los combustibles en la cantidad máxima que corresponde al depósto lleno de tu automóvil más 10 litros en un bidón. La importación hasta dicha cantidad tiene la franquicia aduanera, del IVA y del impuesto de consumo.

Si llevas dinero en efectivo en moneda checa o extranjera, eventualmente cheques, talones convertibles en dinero, instrumentos de inversiones, metales o piedras preciosas, con un valor que supere los 10.000 euros, estás obligado declararlo por escrito al órgano de la aduana.